FRENOS & CONTRAPESOS. UNA PÁGINA DE JOHN MARSHALL.
. Jean Edward Smith. John Marshall. Definer of a Nation (Nueva York: Henry Holt, 1996).
Para contra-arrestar la ofensiva del Sr. "K" contra la independencia judicial, hace falta "munición intelectual" [1]. Por eso se me ocurrió recordar la actuación de John Marshall, el juez de la Corte Suprema de los Estados Unidos que asegura la independencia judicial en los críticos años del gobierno republicano de Thomas Jefferson (1801-1809). Libertario en sus escritos, Jefferson intenta concentrar el poder una vez elegido presidente en 1800.
Molestos con la independencia de la Corte liderada por el federalista moderado Marshall, los republicanos apelan a la opinión pública con argumentos increíblemente parecidos a los utilizados por ... ¡el Sr. "K" en la Argentina! El poder judicial, según el jeffersoniano William Branch Giles, no puede ser "una plaza fuerte en manos del enemigo". En 1803, Giles solicita "el despido al por mayor (wholesale removal) de jueces, para que los tribunales puedan actuar de manera sincronizada con el Congreso y el presidente".
Al final, Marshall prevalece. Su liderazgo resulta decisivo para mantener la independencia judicial, y asegurar así el espectacular "boom" de prosperidad en la primera mitad del siglo XIX [2]. Estas son algunas de sus posiciones:
1.- Necesidad de liderazgo. El poder judicial tiene que asumir un papel protagónico cuando es atacado. Es el más débil de los tres: no dispone del presupuesto (poder legislativo) ni de ... las armas (poder ejecutivo). Lo único que le queda es una reserva de integridad moral e intelectual — pero debe dar muestras explícitas de resolución y convicción.
2.- Unidad del poder judicial. Marshall logra crear un ambiente de unidad a pesar del background político muy diverso de los jueces (había más de un jeffersoniano dentro de la Corte). La Corte Suprema es una "banda de hermanos" (band of brothers). Los primeros fallos bajo Marshall son redactados por unanimidad (the opinion of the Court). Más tarde, una vez asegurada la autoridad del tribunal, cada integrante los emite en concordancia y/o en disidencia.
3.- Establecer jurisprudencia. La Corte de Marshall aprovecha un caso anodino (Marbury v. Madison, 1803) para definir —prácticamente en un anexo al fallo— la noción de independencia judicial, declarando a los tribunales árbitros de última instancia en temas constitucionales. En la Argentina, lo hizo la Corte presidida por Benjamín Gorostiaga en 1865, y lo debe hacer la actual Corte.
4.- Lo político y lo legal. Gran parte del prestigio de Marshall viene de su reconocimiento explícito del ámbito propio del poder ejecutivo, sobre el cual los tribunales no deben interferir. Marshall se esfuerza por explicar la diferencia entre cuestiones políticas —a ser resueltas por los demás poderes— y cuestiones propiamente jurídicas. Éstas últimas solamente corresponden al poder judicial. Si el poder ejecutivo no está conforme con la actuación de los jueces, tiene una opción constitucional: proponer legislación.
5.- ¿El pueblo o sus representantes? El ataque del ejecutivo-legislativo viene acompañado de un argumento aparentemente irrefutable: los representantes del pueblo tienen suficiente autoridad para decidir el rumbo de la justicia. "¡Falso!", contesta Marshall, siguiendo al Federalista (78-83). La autoridad directa del pueblo, que en su momento aprobó la constitución, siempre es superior a la de sus representantes (legisladores y/o presidentes).
6.- Escribir, hablar, utilizar internet. Durante las varias crisis que lo opusieron al poder ejecutivo, John Marshall no dudó en publicar pamfletos anónimos para preservar el prestigio del poder judicial. Hoy, los jueces disponen de muchos más medios. En caso de desear preservar su anonimato, la internet es el vehículo ideal.
7.- La batalla intelectual. Think Tanks del mundo entero publican índices de desarrollo económico y humano, corrupción, democratización del capital, etc. Demostrar la relación entre independencia judicial y desarrollo económico y humano no es algo difícil. Desde el ángulo "progresista", en particular, me parece relevante el caso de los países Nórdicos: es posible recaudar más impuestos, y es posible aumentar el crédito — pero solamente con independencia judicial.
[1] Nuevamente, chapeau a La Nación por su esfuerzo incansable. Adrián Ventura: "Pidió la Corte respeto por la independencia judicial"; "La República está en serio peligro".
[2] El historiador inglés Paul Johnson piensa que la ausencia de un "John Marshall latinoamericano" es la principal causa del atraso económico del sub-continente. (A History of the American People. Nueva York: HarperCollins, 1998).
miércoles, marzo 28, 2007
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1 comentario:
Muy bien Agustín. El punto 7. sobre todo me impactó. Es esa falta de coherencia la que desalienta. Al fin de cuentas uno puede preferir un camino a otro por una cuestión de razón unida a valores. Pero ello no implica necesariamente cnvencerse de que es el único posible. Lo que es digno de combatirse es la incoherencia entre métodos y objetivos. porque allí uno no está aceptando simplemente un retraso o un costo mayor e innecesario, sino que avala una catástrofe.
un abrazo.
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