miércoles, julio 11, 2007

LECTURAS & COMENTARIOS ...

Civilización & barbarie: lapidación en Irán
. Le Monde. "Un Iranien condamné pour adultère a été exécuté par lapidation"

En Aghche Kand, a 200 km al oeste de Teherán, un hombre fue ejecutado por lapidación. La Corte Suprema de "Justicia" iraní había confirmado la condena por adulterio de un tal Jafar Kiani. Esta es la parte interesante de la nota:

En virtud de la ley islámica, los hombres condenados a lapidación son enterrados hasta las caderas, las mujeres hasta el cuello, antes de ser atacados a piedrazos hasta la muerte. Se los deja en vida si logran liberarse. La ley establece también que las piedras deben ser de un tamaño tal que entren en la mano y no sean lo suficientemente grandes como para matar al condenado en solamente uno o dos golpes.

Good fellas. Buenos muchachos.
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Morgan Stanley & la economía argentina
. Daniel Volbert. "Argentina. Toward a Wage-Infation Spiral?", Morgan Stanley GEF

Según este analista del banco de inversión estadounidense Morgan Stanley, la crisis energética no es la principal amenaza para la economía argentina. El problema está en el riesgo de una "espiral" inflacionaria motivada por aumentos salariales muy superiores al aumento de la productividad. En este sentido, el des-manejo del INDEC no ha hecho nada para calmar los reclamos salariales.

10 comentarios:

Anónimo dijo...

es que precisamente agustín el desmanejo del indec es lo que hace sospechar que existe una inflación en alza, y eso es lo que desata la puja entre los distintos sectores,con riesgo de espiralización.-

Anónimo dijo...

Hola Agustin:

Creo haber leido, hace no mucho tiempo a R Cachanovsky algo asi como en este momento,en esta coyuntura economica los salarios no son inflacionarios, creo Monteverde opina al similar.
Si encuentro el articulo te lo mando.

Otra: ayer un empresario amigo me decia que si tuvieramos una justicia rapida, independiente ; que bajara los niveles de corrupcion la actividad economica bajaria en un 35/40%.
Que opinas?
Cordiales saludos
ramon cassino

Agustin dijo...

Ramón. Tal vez tu amigo se refiere a un sector en particular, beneficiado por algún tipo de regulación especial. Pero basta comparar el PBI per capital de Argentina con el de Holanda, los escandinavos & los anglo-sajones (los de justicia independiente) para comprobar la relación. Y la variable-clave, me parece, es el costo del capital: bajo en países con instituciones sólidas, alto en Argentina. Saludos.

MarcosKtulu dijo...

Mientras la inflación se sigue inflacionando, se puede anotar un comentario sobre lo de Irán.
Hay múltiples problemas, sobre los que resta establecer el orden de gravedad.
-La "Corte suprema" sólo se limita a aplicar el derecho iraní, de fuerte contenido religioso, represivo de conductas que en nuestra cultura son meras faltas morales.
-El derecho iraní prevé la pena de muerte.
-La muerte es por un medio excesivamente tortuoso como la lapidación.

Anónimo dijo...

agregaría marcos que la pena es dircriminatoria, fijate que los hombres son enterrados hasta la cadera y las mujeres hasta el cuello, lo que obviamente dificulta mucho más que puedan liberarse.

sobre la inflación, creo que el gobierno hace lo que hace pensando en la deuda ajustada por cer, creo que esa es su preocupación, ya que supone que puede liderar la puja redistributiva.

ojo con el superavit, de que monto sería si el cer, por el que ajustan los bonos, fuera el que corresponde a la inflación real?

Agustin dijo...

Hugo. Buen punto sobre la discriminación, no me había dado cuenta! Más allá de cuestiones legalistas, Marc, es obvio que estamos frente a un sistema arcaico digno de sociedades poco desarrolladas. Te imaginas el grado de arbitrariedad que habrá para comprobar la culpa? En muchos casos (de mujeres) se trata simplemente de violaciones. Un matón viola a una mujer, y luego la acusa de adúltera. Saludos.

Anónimo dijo...

ese es el punto agustín: estamos juzgando un sistema jurídico-religioso ajeno a nuestra tradición legal. la ley se basa entre otras cosas en la costumbre, nosotros nos comemos a las vacas y para los hindúes son sagradas, o sea que para los hindúes nosotros cometemos un delito o un "pecado"

seguí pensando el tema y ahora poniéndome en "abogado del diablo" -con todos los riesgos que eso significa para un graduado en ciencias económicas!!!, incluso el ser acusado por usurpación de título, after blumberg- analicemos la cuestión a través e nuestro sistema legal:

1.habría un delito tipificado en la ley islámica, el adulterio, según este caso. la tipificación fue anterior al heho que nos ocupa, por ende los acusados sabían que cometían un delito y a la pena que se exponían por ello

2.actuó un juez competente

3.se aplicó una pena de muerte cruenta, como señala marcos, pero no creo que la silla eléctrica por caso, sea mejor....

no se si se respetó al derecho a la debida defensa de los acusados

fuera de esta duda y de la discriminación comentada, creo que el proceso pasaría nuestros "standards" occidentales

marcos y demás lectores del blog provenientes del derecho, tienen la palabra

Anónimo dijo...

Hola AM:

Aca Ramon: me exprese mal.Ojo, mi amigo no se referia a la corrupcion del estado y sus grandes funcionarios:el se referia a un hecho que a penetrado en TODA la sociedad: trabajo en negro ( con el cual estoy ABSOLUTAMENTE DE ACUERDO),EVASION FISCAL(TAMBIEN ok),delicuencia comun,bueno lo que sea.Para redondear , creo que es mejor, hablar de economia informal.

2.Lapidar: ya te recomende el librito de Escude?Abril/2007.
Entre otras cosas Escude dice que nuestra religion judeo-cristiana es infitamente mas violenta, mas perversa , mas asesina que el Coran. La diferencia, es que ellos aplican el Coran y nosotros no aplicamos la Biblia.

3. A lo que acota el DR HUGO el Cacha dice que los manejos del Indek, hace que tecnicamente los bonos ajustables por CER estan en default.
Cordiales saludos
ramon Cassino

MarcosKtulu dijo...

En todo lo que hace al proceso penal puede haber similitudes. Nuestro sistema procesal no es novedoso, sino que toma elementos del sistema acusatorio de la edad antigua y alta edad media, y el sistema inquisitivo de la baja edad media. (la transición de un sistema a otro está muy bien descripta en la desgrabación de la famosa conferencia "La verdad y las formas jurídicas" de Foucault; para este tema recomiendo en especial leer la tercera parte.
Más allá de las semejanzas y diferencias procesales que hacen al rol inicialmente religioso (y aún lo es en Irán) del inquisidor -hoy en la versión secular es el Juez-, una condena como la examinada, por más ley en la que se fundamente, sería tachada fácilmente de inconstitucional.
De nuestra constitucion emanan los principios sustanciales que sirven a la organización del país y sirven de marco para conformar la actuación el estado.
En el hipotético caso de una costumbre que castiga el adulterio con la lapidación, habría numerosos cortapisas constitucionales a la fuente, figura y sanción de ese delito.
Por lo pronto, por el principio de legalidad la fuente de la norma penal no puede ser otra que la ley escrita (no rige la costumbre ni la analogía). Incluso si se promulgara la hipotética ley, estaría legislando sobre sobre un aspecto que para la constitución es jurídicamente irrelevante, como es el ámbito privado de las personas (principio de lesividad: las acciones privadas de los hombres...). Todavía más: en nuestro sistema, por el principio republicano, la ley formal debe ser sancionada por el órgano legislativo integrado por representantes elegidos democráticamente de acuerdo al mecanismo previsto.
En cuanto a la ejecución de la pena, como se dijo, una prescripción que al respecto haga semejante diferencia entre hombres y mujeres no resiste el principio de igualdad ante la ley (art 16) y de no-discriminación. Aquí el hombre tambien podría protestar: el cuerpo de la mujer estaría mas protegido, mientras el del hombre quedaría más expuesto, con el dolor que supone ser golpeado en zonas no-letales. Es que por nuestro art 18, después de enunciar el principio de legalidad, prohíbe la pena de muerte por causas políticas, además de todo tipo de tormentos y azotes, prohibición que ha sido llamada principio de humanidad y apunta a evitar cualquier punición cruel.
A comparación, nuestro sistema penal parece humano, y en realidad es terrorífico porque todo esto se cumple a medias. De hecho desde otros países se reírian de las prohibiciones que se hacen aquí al tráfico, consumo y hasta tenencia de estupefacientes, y demás resabios de moralina presentes en gran cantidad de leyes.

Alea Iacta Est dijo...

estimados,

Todos sistema legal está fundado y sostenido por violencia pura y dura. Una es legítima y la otra no. La que funda, se olvida, se mitifica, se anula, se saluda.
Violencia-religión y derecho son inseperables.
Da igual que sea la ley mosaica, la constitucion argentina, la ley talmúdica o la islámica.
Ahora, deberíamos preguntarnos el porqué de defender un contenido, una ley, un orden y no otro.
De nuevo, sin caer en una abuso de la razón pura Kantiana. Viva la diferencia!. El único argumento válido es, otra vez, una elección ética primera. Libre.
Entedemos que "nuestro orden" es mejor que "el otro orden" legal.
Y punto. Por ello podemos juzgar.
La capacidad del juicio presupone un criterio moral primero. Esta idea de bien -la nuestra- lo permite.
Pero, una vez aceptado este criterio yo sólo diría con Rorty "cuida a la libertad y la verdad se cuidará a sí misma"....
El problema es entonces que esa verdad, bien vista por F y por R. Girard, por C. Schmitt y demás personas, es a vecs peligrosa.
El sistema legal entonces es sacro. Bien Sacro.
abrazo
N