martes, junio 26, 2007

FRENOS & CONTRAPESOS. LECTURAS ...

- Mauricio Macri & el equilibrio. "Tras la abultada victoria electoral, el líder de Pro dijo que busca equilibrar 'el sistema político' a nivel nacional" (La Nación, 26 junio). Es muy buena la idea del equilibrio. Pero más importante es entender que el equilibrio proviene de instituciones autónomas, no de liderazgos personales (muy aptos para volver a des-equilibrar el sistema una vez instalados en el poder).

- Felisa Miceli & la des-dolarización. Perfil.com reporta el hallazgo de $241 mil en el baño privado de la ministra de economía Felisa Miceli [HT: Sine Metu]. De comprobarse el hecho, estaríamos frente a una ironía típica de la ausencia de governance que caracteriza a la Argentina. La Sra. Miceli aboga por la "des-dolarización" de la economía argentina: aparentemente, lo desea para los demás — no para ella misma. Rule of law, anyone?

- Sistema legal colapsado. Más pruebas sobre el colapso de nuestro sistema legal napoleónico-codificado. Como una serie de delitos informáticos no están tipificados en el Código Penal, una jueza se da el lujo de afirmar que "Invadir una cuenta de e-mail ajena y utilizar la información en un juicio civil configura una 'conducta atípica', en consecuencia, no constituye delito". En cualquier país con derecho no-codificado, un juez no demoraría más de 15 segundos en afirmar que robar es robar, lo diga el Código Penal o no.

- ¡Jueces itinerantes en China! Lenta- pero inexorablemente, el "rule of law" avanza en China. El esquema chino es increíblemente parecido al sistema implementado por la corona inglesa en ... el siglo XII. Vea estas imágenes de jueces recorriendo el interior del país, exactamente como los jueces de Enrique II. Todavía hay feudalismo, "semi-esclavitud", represión y des-información. Pero el "rule of law" avanza. (Ver el sistema de software para ayudar a los jueces a determinar sentencias penales en la provincia de Shandong: ¡la doctrina anglo-sajona del precedente como fuente formal del derecho!)

- Indignación por Salman Rushdie. Un kamikaze de Al-Qaida masacra a 70 peregrinos musulmanes en Irak y ... no pasa nada. En cambio, la reina de Inglaterra le otorga el status de "Sir" al escritor Salman Rushdie, y se desata la ira de las multitudes. La envidia y el resentimiento, decía Churchill, son poderosas corrientes políticas. Mientras más veo este espectáculo, más recuerdo la canción de Paolo Rossi en San Remo ("In Italia si sta male"):

Che fortuna stare qua
In mezzo a tanta civilità

11 comentarios:

Anónimo dijo...

Lo de Miceli me lo comentó casualmente ayer un amigo Español. Parece ser que la noticia corrió por esas tierras. Sin embargo, fracasé al buscarla en los diarios argentinos (La Nación, Clarín, Página). Cosa que me hizo dudar de la calidad de la información. El artículo del diario Perfil al que linkeás también es bastante esquivo. Tenés información más sólida?. Es un escándolo absoluto esto. Si fuera verdad, que ella tenga 250 dólares en un baño es grave pero que la policía haga "desaparecer" un acta es más grave.
No me extrañaría, todo es poco serio. Pero estaría bien confirmar la noticia. Alguna referencia a otro medio?
Abrazo
Nico

Anónimo dijo...

Nico en Clarin de ayer, esta.Tambien ambito.Hoy baja la cifra en Clarin( como si fuera una cuestion de cifras),dice que lo tiene declarado en sus ganancias.

Es muy facil de investigar...pero quien.
saludos
ramon cassino.

Agustin: parece que mauricio se va unos dias a Paris, al dpto de Ramon Puerta: podrias hacerle una entrevista y explicarle un poco de c&b.
saludos
ramon cassino

Anónimo dijo...

Gracias.
Efectivamente la nota esta en http://www.clarin.com/diario/2007/06/26/elpais/p-01701.htm
N.

Anónimo dijo...

respecto de las figuras penales agustín, los jueces deben estar a los delitos tipificados, es el legislador el que debe crear las nuevas figuras delicitvas -checks and balances- que es lo que la jueza reclama en su fallo, de modo que desde lo legal, entiendo que no podía fallar de otra manera que como lo hizo,según nuestro sistema legal

Agustin dijo...

Hugo. Es justamente lo que critico de nuestro sistema. Si cada delito tiene que estar tipificado, entonces siempre vamos a estar atrás del cambio tecnológico. Voy a preguntarselo a una jueza conocida, pero apostaría que esto no sucede en países con tradición de respeto al precedente, en el cual los jueces también participan (indirectamente) del proceso legislativo con sus fallos. El precedente --se me ocurre-- está en el robo, no en la manera en que se roba. (Me encanta este diálogo porque nos "fuerza" a aprender. Le preguntaré a la jueza y te comentaré el resultado, Hugo).

Anónimo dijo...

Pero justamente los tipos penales son límites a la potestad del Estado, evitando que pueda invadir el ámbito de libertad de los indivíduos. Si los jueces pudieran sacar figuras penales de la galera por pura conveniencia estaríamos en el horno... prefiero un Estado limitado, no con poderes absolutos para criminalizar lo que a un juez se le cante.

Anónimo dijo...

Perdón por el segundo comment, pero por otra parte al leer emails ajenos no hay robo. El robo es un subtipo de hurto (básicamente hurto ejecutado mediante coacción física), y aún así la figura de hurto (apropiarse ilegítimamente de una cosa total o parcialmente ajena) tampoco encaja con leer mails (que no son "cosa" para el derecho, y que hasta donde se no fueron eliminados de la cuenta original).

Lo que no quiere decir que el bien jurídico intimidad no tenga protección, porque tranquilamente podría haber una sentencia favorable a la víctima en sede civil (alegando una violación al derecho constitucional a la intimidad, y la protección que tienen la correspondencia y los papeles personales, que mediante analogía puede extenderse a los emails... recordemos que la analogía sólo es válida para el derecho civil en sentido amplio y no para el derecho penal)

Si nos ponemos a pensar bien... ¿cuánto sentido tiene una pena privativa de libertad para quien lee correos electrónicos? Porque una sanción económica ya puede recibir dentro del ordenamiento actual, sin necesidad de tipificar el delito de "lectura de mails".

Agustin dijo...

Alejandro. Gracias por excelentes comentarios. Tenes razon sobre el robo: no es el caso. Sorry por el error! Pero mi punto es mas filosofico, supongo. Yo escribo desde una tradicion "anglo-sajona" para ponerlo de alguna manera (common law); Hugo & vos desde una tradicion de derecho civil. En la primera, la existencia de jueces de la corona antecede por varios siglos al parlamento -- entendido como poder legislativo. La fuente del derecho civil era esencialmente la acumulacion de precedentes, a su vez basados en principios muy basicos sobre la propiedad (ver texto de Magna Carta). MUCHO MAS TARDE llega el Parlamento -- y su legislacion tiende a confirmar lo actuado por los jueces de common law (Burke, 1790).

El enfoque de common law esta lejos de ser perfecto: lo admito. Pero tienen Hugo o vos alguna esperanza en los parlamentos latino-americanos?? Su grado de representatividad, para empezar, es muy limitado. Saludos!

Anónimo dijo...

Entiendo la diferencia de tradición. Así como hay algunas instituciones anglosajonas que rescato, el common law me parece un sistema algo primitivo. No me da la seguridad de saber los límites de mi libertad (que quedan a discreción de un juez, o peor aún, de un jurado de legos). ¿Cómo puede ser que un juez me aplique una pena por algo que yo no tenía posibilidad de saber que estaba prohibido? Llega un momento en que la sanción pasa a ser por una infracción moral y no jurídica, y la moral está en una esfera separada de la del derecho.

Sobre los parlamentos latinoamericanos, es verdad que están lejos de ser perfectos. Pero mejorarlos depende del pueblo. De hecho, el congreso argentino no es tan malo para dictar legislación de fondo (códigos civil, penal, etc.) Salvo algunas reformas puntuales (y el código de comercio, destrozado para hacer favores a las empresas amigas del poder durante el menemato), los legisladores respetan bastante ese tipo de legislación... más problemáticas son algunas leyes administrativas, el presupuesto nacional, etc. donde se juegan intereses de las mafias políticas. Pero tipificar un nuevo delito común no molesta demasiado a nadie.

Por supuesto, este debate nunca podrá ser resuelto: es una cuestión de mentalidad anglosférica o continental. Perteneciendo a la última, privilegio las cuestiones formales sobre las materiales ("Podría funcionar bien? Entonces el problema no es el sistema") mientras que alguien como vos se va a fijar más en el resultado y menos en la justificación ("Funciona bien? Entonces no hay ningún problema"). Hay mil debates similares que tienen este mismo germen.

Sine Metu dijo...

Articulo 18o.- Ningun habitante de la Nacion puede ser penado
sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del
proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los
jueces designados por la ley antes del hecho de la causa.
Nadie puede ser obligado a declarar contra si mismo; ni
arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad
competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y
de los derechos. El domicilio es inviolable como tambien la
correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley
determinara en que casos y con que justificativos podra
procederse a su allanamiento y ocupacion. Quedan abolidos para
siempre la pena de muerte por causas politicas, toda especie
de tormento y los azotes. Las carceles de la Nacion seran
sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos
detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaucion
conduzca a mortificarlos mas alla de lo que aquella exija,
hara responsable al juez que la autorice.

Pero a quién le importa la Constitución?

Anónimo dijo...

Estimados amigos: excelente discusion y deberian seguirla.

PERO....lei una nota que se ajusta un poco mas a la Argentina/07 que dice:

Que esta jueza fallo de este modo por indicacion del Grupo Clarin, porque el Juez Federal Dr Rafecas(aparentemente muy conocido por sus afectos K)le paso por mail a un periodista de ese diario las listas de testigos protegidos de un caso, que por supuesto fueron publicados por Clarin...
A la fecha no ha desaparecido, ni muerto ningun testigo protegido ( que yo sepa).Tampoco se si existe la figura juridica del "testigo protegido".Si, estoy seguro, que la del arrependido no existe.
ramon cassino