miércoles, mayo 30, 2007

FRENOS & CONTRAPESOS. TRAJANO, LOS CRISTIANOS & LAS FUENTES DEL DERECHO
. Ramón Teja. "Conquirendi non sunt: Trajano, Plinio y los cristianos", en Julián González (ed.) Trajano, Emperador de Roma. (Roma: L'Erma, 2000).

Caminando en Buenos Aires por la calle Viamonte, entre Libertad y Talcahuano, se ve una curiosa estatua del emperador Trajano. La inscripción indica los poderes del César: "Imp. Caesari. Divi. Nervae. F. Nervae Traiano, Aug. Ger. Dacio. Pontif. Max. TRIB. POTEST; VIII Imp. V.Cos V.P.P". El monumento fue colocado por la Asociación de Amigos de la Revolución de Mayo.

Observando la estatua recordé que había leído una biografía de Trajano [1], y que me había llamado la atención el intercambio epistolario con Plinio el Joven sobre los cristianos, escrito entre los años 111 y 113 de nuestra era. Tras releer mis notas y consultar algunos artículos, me queda una sensación imborrable: la Epistola X.96 de Plinio a Trajano es un texto importante para entender el problema de las fuentes del derecho, esencial para los checks and balances.

La Epistola X.96
Plinio, gobernador de Bitinia (Turquía actual), consulta al emperador sobre las medidas a tomar en los juicios contra cristianos, en particular aquellos que reniegan (los que reconocen ser cristianos y se niegan a abjurar son condenados a muerte). No es este el lugar para ocuparse de los aspectos políticos del asunto: en general, los estudios modernos alaban la actitud prudente de Trajano.

Lo relevante para nosotros es el problema de las fuentes del derecho. Plinio solicita precedentes para aplicar en centeneres de casos. La fuente de estos "precedentes" (si así pueden llamarse) es simplemente ... ¡la voluntad del César! Cuando el emperador es un Augusto, un Nerva o un Trajano, esto no resulta demasiado problemático. Trajano, por ejemplo, le solicita a Plinio tomar duras medidas contra los "soplones", una práctica que floreció bajo Tiberio, Nerón y Domiciano.

¿Pero qué sucederá si llegan al poder individuos menos preparados y menos equilibrados, habilitados para dictar todo tipo de precedentes legales? Este es el corazón de la crítica de Montesquieu al sistema político de la Roma antigua: al no poder garantizar la independencia judicial, termina siendo sorprendentemente ... frágil. Roma depende tanto de las cualidades del César como de sus instituciones políticas.

Pero la cosa no termina ahí. Al describir las costumbres de los cristianos, Plinio dice:

"… ne furta ne latrocinia ne adulteria committerent, ne fidem fallerent, ne depositum appellati abnegarent". En la traducción de William Harris: "Swearing with a holy oath not to commit any crime, never to steal or commit robbery, commit adultery, fail a sworn agreement or refuse to return a sum left in trust".

En otras palabras, la fuente del derecho para los cristianos es la segunda mitad de los Diez Mandamientos, formulada en el sermón de la montaña: no asesinarás, no adulterarás (en el sentido general de contratos), no robarás, no prestarás falso testimonio. A notar de manera muy especial la existencia de sacerdotes mujeres (ministrae), y la participación de individuos de todas las clases sociales (omnis ordinis).

La relación con otros textos fundacionales es bastante clara. Cuando uno lee Magna Carta, por ejemplo, puede perfectamente resumir las principales cláusulas como problemas referidos a la propiedad, al robo, al crimen, y al cumplimiento de contratos. Y todo esto desde un punto de vista relativamente igualitario, con la extensión de derechos a todos los hombres libres y ... a las mujeres. Magna Carta resume los valores legales de una sociedad profundamente cristiana [2].

Esto es precisamente lo que Montesquieu alaba en los pueblos de Europa del Norte: un sistema político-legal donde el derecho no depende del capricho de un César. Lo que no entiendo bien es la idea de la Asociación de Amigos de la Revolución de Mayo: ¿Porqué el sponsorship de Trajano? ¿Acaso no leyeron, como Mariano Moreno, a Montesquieu?

[1] Julian Benett. Trajan. Optimus Princeps. Indiana University Press, 1997.

[2] Por algo Danny Danziger y John Gillingham, los autores de 1215. The Year of Magna Carta (Nueva York: Simon & Schuster, 2003), incluyen un capítulo bajo el título "A Chrisitian Country".

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