jueves, mayo 10, 2007

FRENOS & CONTRAPESOS. NE QUID NIMIS! FLORENTINO GONZÁLEZ & EL PROBLEMA DE LA SOBERANÍA LIMITADA (JOYAS DE LA BIBLIOTECA DEL JOCKEY) [1]
. Jockey Club

Acabo de encontrar en el desorden de mis papeles las notas que tomé en la biblioteca del Jockey Club sobre el magnífico libro de Florentino González Lecciones de derecho constitucional (Paris: Librería de la Rosa y Bournet, 1871). González era un jurista colombiano que vivió muchos años en Buenos Aires, donde murió. Algunos lo describen como "el fundador del derecho constitucional argentino" [2].

Tenía apuro y no pude tomar muchas notas. Lo poco que leí, sin embargo, alcanza de sobra para calificar a González como el autor-"top" en materia de checks and balances o "frenos y contrapesos" en la Argentina. Desde el punto de vista de la calidad de sus apreciaciones, González es probablemente superior a Mariano Moreno. (El gran mérito de este último es haber escrito mucho antes, en medio de una agobiante tarea de gobierno).

Aquí van un par de pasajes del gran Florentino:

El principio de la división del trabajo no es menos cierto en política constitucional que en economía política, y no hay duda ninguna de que, dividiendo las funciones del poder en diferentes departamentos, estas serán mejor desempeñadas. Pero el plan de la división tiene además otras ventajas, y entre ellas figura en primera linea la de control de las operaciones del gobierno que ejercen reciprocamente dentro de él mismo los respectivos departamentos, el cual unido al control externo de la opinión popular, forma una de las más positivas garantías de la buena conducta de los administradores de la cosa pública.

Es clara la influencia de Adam Smith; muchas páginas después de su famoso tratamiento de la división del trabajo, Smith dedica un par de importantes párrafos a la división de poderes (Riqueza de las Naciones, Libro V, capítulo I, parte II). Pero lo más notable es que González anticipa por un siglo a W. B. Gwyn, el autor de un libro clásico sobre la separación de poderes, al afirmar que ésta comienza como un simple ejercicio "eficientista" (división del trabajo) y culmina como un instrumento del "rule of law" [3].

A notar también la muy moderna distinción entre controles internos (dentro del gobierno, por el mecanismo de división de poderes) y controles externos. González se refiere en este caso a la opinión pública, lo que supone entender la libertad de expresión como un elemento esencial de los checks and balances. Esto nos lleva a los magistrales pasajes sobre la cuestión de los límites a la soberanía:

Ne quid nimis, decía una sentencia escrita sobre un templo de la antigüedad, y en nada es tan importante seguir la máxima como en el empleo que se haga de la soberanía. Hay un límite señalado para ella, mas allá del cual no puede extenderse. Es limitada, no absoluta, como lo creyeron los republicanos franceses de 1793, que en nombre de ella se permitieron toda clase de excesos ... Lo que los ingleses y americanos denominan en la Constitución el bill de derechos ó libertades de los ciudadanos, tiene por objeto poner fuera del alcance de los que ejercen el poder ciertas facultades de los individuos, y limitar así su autoridad.

¡Impresionante! La soberanía es ... limitada. Desde el punto de vista de la teoría y práctica de los checks and balances, esta idea resulta absolutamente esencial. Nos cuesta mucho aceptarla en la Argentina (y en América Latina en general) porque la palabra "soberanía" de inmediato suscita una reacción emocional: la tomamos como referencia a la integridad del territorio nacional y/o al locus doméstico de la decisión política de última instancia.

¡Pero esta no es la idea de González! Por soberanía entiende (correctamente, desde mi punto de vista) el poder de hacer y des-hacer leyes. Sin límites precisos a este poder —formulados en un lenguaje susceptible de generar jurisprudencia en los tribunales— siempre terminaremos en ... ¡decretos de necesidad y urgencia! De ahí la referencia al Bill of Rights, un documento muy distinto de las grandilocuentes e incumplibles declaraciones de derechos al estilo Francia 1789.

La influencia de John Adams es clara en este gran libro. Qué bueno saber que la biblioteca del Jockey Club tiene un ejemplar (en excelente estado, además).

[1] Otras notas sobre checks and balances en la biblioteca del Jockey: "En la biblioteca del Jockey Club..." (19 de febrero); "¡Más joyas de la biblioteca del Jockey!" (11 de abril).

[2] Las ideas de González se inscriben de lleno en la tradición "sarmientista". [
Bibliografía; Carlos Mouchet. "Florentino Gonzalez, un Jurista de America: Sus Ideas Sobre el Regimen Municipal", Journal of Inter-American Studies, Vol. 2, No. 1, 1960; prólogo a sus Memorias].

[3] W. B. Gwyn. The Meaning of the Separation of Powers. An Analysis of the Doctrine from its origin to the adoption of the United States Constitution (Nueva Orleans: Tulane University, 1965).

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